En el marco de la lucha
contra la violencia infantil, uno de los grandes pendientes, de las políticas
públicas y de nuestras sociedades, ha sido disminuir el abuso sexual contra los
infantes, problema que desde el siglo pasado se ha ido incrementando y que fue referido
por la UNICEF, en El Informe Nacional sobre Violencia y Salud del año 2006 (http://www.unicef.org/mexico/spanish/Informe_Nacionalcapitulo
II_y_III pdf), el cual indicaba que durante los últimos 25 años, dos niños
menores de 14 años han muerto asesinados cada día, además, entre un 55 y un 62% de niños y niñas dicen
haber sufrido alguna forma de maltrato (físico, emocional o sexual) en
algún momento de su vida. Luego ante la ausencia de respuestas del gobierno
federal y sus instituciones públicas, para lograr hacer un frente integral
contra este problema, con un programa inmerso en estrategias y acciones, Marina Mandujano Curiel,
directora general del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la
Equidad de Género (Ceameg) de la Cámara de Diputados, denuncio en el años 2013, que como país, ocupábamos el primer lugar mundial en “abuso sexual, violencia física y homicidios de niños y
niñas menores de 14 años”, con base en datos de la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económicos (OCDE), que registraba, además que de 4.5 millones
de niños y niñas que sufren abuso sexual en México, solamente el 2% de los
casos se conocen en el momento que se
presenta el abuso.
De acuerdo a la
Organización Mundial de la Salud (OMS): “El maltrato o la vejación
de menores abarca todas las formas de malos tratos físicos y emocionales, abuso
sexual, descuido o negligencia o explotación comercial o de otro tipo, que
originen un daño real o potencial para la salud del niño(a), su supervivencia,
desarrollo o dignidad en el contexto de una relación de responsabilidad,
confianza o poder.
El Abuso sexual de los niños y niñas, ocurre cuando alguno de sus padres, cuidadores
o responsables de ellos, involucran la explotación sexual del menor o sirve para
gratificar o estimular sexualmente al adulto. Abarca un amplio rango de
comportamientos que pueden incluir contactos de naturaleza sexual, como contactos
corporales, con o sin penetración del pene, digital o con objetos, en la vagina o
el ano. Pueden ser también comportamientos, que no incluyen contactos como comentarios
de índole sexual, exhibicionismo, masturbación, voyeurismo, la exposición a
material pornográfico, como hoy que se suman las cuentas personales en Internet, donde se exhiben imágenes de explotación
sexual a menores, cuyas edades oscilan entre los cuatro y los 16 años.
Los abusos sexuales hacía los niños, son conductas criminales que atentan y
lesionan gravemente su salud sexual y mental, dañando el desarrollo de la
personalidad de los menores, que han estado inmersas en la impunidad, por la
inacción de los familiares, de las autoridades institucionales en escuelas,
guarderías, iglesias, que generalmente encubren estos hechos, evitando las denuncias
correspondientes ante las autoridad, de los pederastas, paidofílicos,
explotadores, traficantes y mercaderes de la sexualidad en nuestras
sociedades.
La no cultura de la denuncia, sumada
a la desinformación para conocer y reconocer este delito, además de los
prejuicios y tabúes, que prevalecen en el seno de las familias y nuestra
sociedad, sobre la sexualidad humana, más el desinterés de los investigadores y
autoridades por generar el conocimiento sobre este tema en México, ha generado que
no existan fuentes estadísticas oficiales confiables, actualizadas y homogéneas,
además de los perfiles y variables, fundamentales que se encuentran inmersas en
esta problemática, y que son importantes para la planeación y programación de
los servicios en la atención de este problema, que generalmente son brindados
segmentados y sin la acción multidisciplinaria que se requiere.
Generalmente las referencias estadísticas, de este problema, están fundamentadas
en los procesos de atención de las instituciones responsables como el DIF y su Procuraduría
de Defensa del Menor y la Familia, en los estudios sobre el Maltrato que el
INEGI ha integrado en los censos de población y en la
Consulta Infantil y Juvenil 2012, organizada por el IFE, que incluyó la
investigación para captar las declaraciones de las niñas y los niños que
participaron, respecto al haber sido víctimas de algún abuso de tipo sexual,
como lo es que algún familiar toque su cuerpo y les pidan mantener eso en
secreto o que ellos expresen que les molesta. Los datos que se obtuvieron, en
este último estudio(http://www3.diputados.gob.mx/camara/content/download/.../IEC_SVNAD.pdf), son relevantes: a nivel nacional se observa
que existe una mayor proporción de niños que reconocieron el abuso por parte de
algún miembro de su familia, que de niñas. En los más pequeños, de 6 a 9 años, el
13.1 por ciento de niños, declararon haber sido tocados por algún familiar,
mientras que sólo el 9.4 por ciento de las niñas reconocieron. De las niñas de
10 a 12 años, 6.2 por ciento han sido víctimas de algún abuso, así como 9 por
ciento de los niños. De las adolescentes de 13 a 15 años 4.6 declararon haber
sido tocadas por algún familiar, así como 6.1 de los adolescentes. En Nuevo
León, en los niños de 6 a 9 años prevaleció que el 9.3% de las niñas y el 12.6%,
existieron tocamientos corporales presuntamente sexuales por algún miembro de la
familia, en tanto en las edades de 10 a 12 años, fue el 7.6% de Niños y el 10.9% de niñas, finalmente en
el grupo de 13 a 15 años, prevaleció esta conducta, en el 5.4% de los niños y
el 4.1% de la niñas.
A diferencia del vacío legal que existe en Nuevo León,
el código penal federal establece desde el año pasado, en el artículo 205, que los
delitos de pederastia y abuso sexual de menores son imprescriptibles, con
penas que van de los nueve a los 18 años de cárcel y multas de 750 a 250 días
de salario. Necesitamos conocer y
reconocer la existencia del abuso sexual, como una de las manifestaciones más
perversas de la sociedad de la violencia, que padecemos, no sólo se trata de atender y combatir, sino de generar acciones de prevención contra la violación de
derechos humanos de la infancia, especialmente aquellos como tener una vida
plena y de acuerdo con los derechos humanos universales, entre ellos la
libertad sexual y el respeto a la dignidad humana.
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